Accidentes de trabajo

Si sufriste un accidente de trabajo, una enfermedad profesional o un accidente en el camino de ida o vuelta al trabajo (Accidente in itinere), estos son tus derechos:

  • Recibir atención por parte de la ART.
  • Recibir traslados gratuitos para concurrir a la atención médica, sino podes movilizarte.
  • Cobrar tu salario normal y habitual.
  • Cobrar una indemnización por las secuelas que te hayan quedado


Nuestro equipo de especialistas en accidentes de trabajo podrá ayudarte en cada etapa:
  • Denuncia del accidente o enfermedad;
  • Problema con la atención medica de la ART;
  • Problemas con el traslado;
  • Falta de pago de salarios;
  • Alta médica mal otorgada;
  • Alta médica sin capacidad;
  • Juntas médicas en Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART.);
  • Reclamos en Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT.);
  • Reclamos en sede judicial.

Realizamos todas las gestiones necesarias para tu correcta atención médica y efectuamos el reclamo de las indemnizaciones que te corresponden, de manera rápida y eficaz, brindándote la mejor atención y cuidado en cada etapa del reclamo.
PODÉS INICIAR TU RECLAMO DE MANERA GRATUITA. NO COBRAMOS GASTOS DE INICIO, NI ADELANTO DE HONORARIOS.
Preguntas frecuentes
Es un acontecimiento súbito y violento ocurrido en el lugar donde el trabajador realiza sus tareas y a causa de ellas, que le provoca un daño.
Son aquellas enfermedades desarrolladas por el trabajador, por las tareas cumplidas a las órdenes del empleador.
Son los accidentes ocurridos en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo o viceversa, siempre que el trabajador no altere este recorrido por causas ajenas al trabajo. Estos accidentes también son cubiertos por la ART.
Lo primero que debés hacer es darle aviso a tu empleador para que realice la denuncia ante la ART. En caso que tu empleador se niegue a hacerla la podes realizar vos mismo comunicándote con tu ART o mediante carta documento realizada por nuestro equipo de abogados.
La ART debe poner a disposición en forma inmediata las prestaciones médicas que requiera el trabajador. Ello incluye asistencia médicas y farmacéutica; prótesis y ortopedia; rehabilitación; recalificación profesional; servicio funerario. En caso de que la ART no cumpla, podés contar con nuestros servicios para intimar a la ART. A dar cumplimiento e iniciar el reclamo llamado “Divergencia en las prestaciones” ante la SRT.
Cuando la lesión sufrida te deja imposibilitado de moverte por tus propios medios la ART debe proporcionarte los traslados necesarios para realizar todo el tratamiento hasta tu recuperación. En caso que no lo cumplan nosotros podemos ayudarte a conseguirlo.
No podes abandonar la atención médica de la ART, esa situación se asemeja a abandonar tu puesto de trabajo. En caso de hacerlo pierdes el derecho a reclamar la indemnización por las secuelas incapacitantes que pudiera dejarte el accidente sufrido. Si podés realizar interconsultas médicas en otros establecimientos para obtener una segunda opinión.
En caso de haber sufrido un accidente y a raíz de ello no cobras tu sueldo o percibís un salario inferior, debes consultarnos para poder iniciar el reclamo correspondiente ya que no debería haberse visto modificado. Tienes derecho a cobrar el salario normal y habitual que percibías con anterioridad al accidente.
En caso de que te otorguen el alta y aún no estás en condiciones de reincorporarte a tus tareas habituales debes informar a tu empleador para que solicite tu reingreso a la ART, o bien solicitar el reingreso en la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, mediante un trámite llamado “Divergencia en el alta”, con nuestra asesoría.
Si a raíz del accidente sufrido te queda una secuela incapacitante, que la ART no reconoce; debés iniciar un trámite en la Superintendencia de Riesgos de Trabajo llamado “Divergencia en la determinación de incapacidad”, para ello es obligatorio contar con un abogado y podes contar con nosotros.
En el trámite ante las Comisiones Médicas es obligatorio tener un abogado. Si no lo tenés la SRT te otorga uno gratuitamente. Sin embargo, debés saber que el salario de ese letrado lo pagan indirectamente las ART, con lo cual a ese profesional se le presenta un dilema ético entre defenderte a vos o los intereses de quien abona su sueldo mensualmente. Este abogado no va a poner a tu disposición ningún profesional médico que te acompañe al momento de las citaciones, por lo que vas a estar solo y sin asesoramiento en cuanto al porcentaje de incapacidad que te corresponde. Lo peor es que si no estás de acuerdo con el monto de la indemnización que te ofrecen, este abogado tampoco va a realizar el reclamo en la justicia laboral, perjudicando tus derechos gravemente. Es fundamental que cuentes siempre con un abogado de tu confianza.
Sí, efectivamente si estás disconforme y argumentas los motivos, podemos hacer los trámites necesarios para cambiar los prestadores médicos.
No debés tener el alta para venir a consultarnos y requerir de nuestros servicios. Lo ideal es que lo hagas antes, principalmente porque te podemos acompañar en todas las adversidades que se te puedan plantear con la ART, o con tu empleador. Esto nos permite tener un seguimiento minucioso de toda tu historia clínica, para movernos con mucha más celeridad al momento que te otorguen el alta.
Si la indemnización que te ofrecen no se corresponde con la secuela incapacitante que te dejó la lesión sufrida, no estás obligado a aceptarla. En el proceso existen distintas instancias y nosotros siempre te vamos a escuchar, asesorar y darte la libertad de aceptar solo si estas conforme, de lo contrario se seguirá con el procedimiento judicialmente con el fin de lograr obtener la mejor indemnización posible.